NO SE ADMITEN MÁS REGISTROS DE MIES NI DE GAD.
EN CASO DE RECIBIRSE UN REGISTRO DE ESTAS DOS ENTIDADES SE PROCEDERÁ A LA ELIMINACIÓN DE LA CUENTA DIRECTAMENTE.
SI PERTENECE A UNA ENTIDAD SOCIAL,
NO SE REGISTRE COMO PERSONA SIN DISCAPACIDAD SINO COMO ENTIDAD SOCIAL ADJUNTANDO LA DOCUMENTACIÓN LEGAL COMO JUSTIFICACIÓN.
SI SE REGISTRA COMO PERSONA SIN DISCAPACIDAD,
DEBERÁ PAGAR POR LAS ENTRADAS. SI HACE USO DE BUTACA ACCESIBLE, SU CUENTA SERÁ ELIMINADA DEFINITIVAMENTE.